Finanaciacion parte 2
Preparando audio para descarga.
Escucha patrocinada. El audio empezará en pocos segundos...
Escucha sin anuncios y sin esperas con iVoox Premium
Pruébalo GratisiVoox Podcast & Radio
Preparando audio para descarga.
Escucha patrocinada. El audio empezará en pocos segundos...
Escucha sin anuncios y sin esperas con iVoox Premium
Pruébalo Gratis
2.14. CASOS PRÁCTICOS
2.14.1. CÁLCULO DE LA BASE DE FINANCIACIÓN
La empresa instaladora especializada en proyectos eléctricos Isolux está negociando un contrato con la compañía privada brasileña, Compañía Vale do Río Doce (CVRD), para la construcción en régimen de llave en mano de una planta de generación eléctri-ca de motores diesel cuyo desglose básico es el siguiente:
- Equipamiento y servicios de origen español: 5.000.000 USD
- Equipamiento y servicios de origen alemán: 5.000.000 USD
- Gastos locales (obra civil, equipos locales): 5.000.000 USD
- Total contrato: 15.000.000 USD
Hay un alto contenido alemán ya que hay una serie de componentes de la planta que no se fabrican en España y donde los proveedores alemanes aseguran una alta efi-ciencia técnica.
Por otro lado el contenido local también es alto debido al nivel de obra civil que una planta de este tipo precisa (cimentación, obras de acceso, etc.), junto con una serie de equipos disponibles en Brasil con un precio y calidad que los hacen muy competitivos frente a las alternativas procedentes de Europa o EE UU.
CVRD solicita a Isolux una oferta financiera que acompañe su oferta técnica y econó-mica. La empresa española sabedora de lo atractivo de los términos y condiciones del crédito comprador para la CVRD, quiere calcular cual va a ser el importe del crédito comprador y del crédito comercial complementario, teniendo en cuenta que la prima fijada por CESCE para un crédito comprador llave en mano con 18 meses de ejecu-ción y 7 años de amortización es del 8%.CVRD indica al exportador que en principio les interesa la posibilidad de financiar la prima y que les gustaría recibir una oferta por el 100% del contrato.
El pago anticipado es del 15 % de los bienes y servicios exportados.
Esta operación no se considera de interés especial para la política comercial española. 35
35
Para calcular la base de financiación o importe del crédito comprador, utilizamos el esquema que marcan las regulaciones al respecto y que está descrito en el apartado 2.2.1. En este caso como tenemos exceso tanto de material extranjero como de gas-tos locales, debemos aplicar los límites máximos permitidos para estos conceptos (30% en el caso de material extranjero y 30% en el caso de los gastos locales) que siempre se calculan sobre los bienes y servicios exportados, es decir la suma del ma-terial español y el alemán, 10.000.000 de USD.
• Base de Financiación:
o 85% del 100% del contenido español.
o 85% del total de los bienes y servicios exportados en concepto de ma-terial extranjero siempre que el importe de éstos no exceda del 30% de los bienes y servicios exportados en concepto de material extranjero
o 100 % del importe de los gastos locales, siempre que dicho importe no exceda el 30 % de los bienes y servicios exportados.
o Bienes y servicios exportados = 5.000.000 + 5.000.000= 10.000.000.
o Importe de material extranjero = 5.000.000 > 30 % de los bienes y ser-vicios exportados.
o Gasto local = 5.000.000 > 30 % de los bienes y servicios exportados.
Base de financiación:
o Contenido español: 85% de 5.000.000 = 4.250.000
o Material extranjero: 85% del 30% de 10.000.000 = 2.550.000
o Gasto local: 3.000.000
o Total = 9.800.000 USD
Entonces:
o Crédito comprador: 9.800.000 USD
36
36
o Crédito comercial complementario: 15.000.000 – 9.8000.000 =5.200.000 USD
o Total contrato: 15.000.000 USD
Como se puede ver en este caso el importe del crédito comprador es significativamen-te inferior al 85% del contrato comercial debido a los excesos de gastos locales y ma-terial extranjero.
• Prima de CESCE: como la prima es del 8% la calculamos sobre el importe del crédito comprador, luego supone 784.000 USD. Dado que se considera como bienes y servicios españoles, podemos financiar el 85% en el crédito compra-dor y el 15% en el crédito comercial complementario. Es decir los nuevos crédi-tos serán:
o Crédito Comprador: 9.800.000 + 85% 784.000 = 9.800.000 + 666.400 = 10.466.400 USD
o Crédito Comercial: 5.200.000 + 15% 784.000 = 5.200.000 + 117.600 = 5.317.600 USD
Se recomienda hacer los cálculos de la forma que hemos seguido en el caso, es decir primero calculamos el importe de los créditos sin considerar la prima de CESCE, y después le añadimos este concepto.
¿Cómo, cuando, de qué crédito y por qué importes, se realizan las primeras dis-posiciones?
Para contestar a esta pregunta tenemos que tener en cuenta que la póliza de crédito comprador incluye como condiciones precedentes a su puesta en vigor dos requisitos:
- Pago del anticipo, que debe tener un importe mínimo del 15%.
- Pago de la prima de CESCE.
37
37
Por lo tanto el crédito comercial complementario de pone en vigor en primer lugar, y se utiliza para poner en marcha el crédito comprador. Se producirían las siguientes dis-posiciones casi al mismo tiempo:
• Disposición del crédito comercial complementario para realizar el pago del anti-cipo, normalmente el 15% del importe del contrato.
• Disposición del crédito comercial complementario para el pago del 15% de la prima de CESCE.
• Disposición del crédito comprador para el pago del 85% de la prima de CES-CE.
A partir de este momento el crédito comprador está totalmente operativo. Si la prima no fuera financiada, obviamente no se realizarían las dos últimas disposiciones pero el pago de la prima, normalmente con recursos propios del importador/deudor, sigue siendo un requisito previo para la puesta en vigor del crédito comprador.
2.14.2. CASO PRÁCTICO: PROYECTO REGIÓN SEMIÁRIDA DEL ESTADO DE BAHIA, BRASIL.
Se trata de un proyecto cuyo objeto es la implantación de un sistema de regadío en la denominada región semiárida del Estado de Bahia en Brasil. Se trata de una zona cu-ya pluviometría no es excesivamente baja pero las lluvias están concentradas en apenas 2 o 3 meses, mientras en el resto del año apenas llueve. La infraestructura de regadío es básica para el desarrollo de la agricultura para poder irrigar los cultivos en la época seca. Además, dado lo benigno del clima a nivel de temperaturas y la buena calidad de los suelos, la disponibilidad de agua para el riego genera un muy alto nivel de productividad en los diferentes cultivos: maíz, soja, etc.
Los principales elementos del proyecto son: 38
38
• Exportador: Focoex, compañía precursora de Expansión Exterior, empresa pública de comercio exterior.
• Importador: Secretaría de Agricultura del Estado de Bahia (SEAGRI)
• Importe: 15 MM USD
• Objeto del contrato: proyecto de irrigación, donde es importante destacar que no hay exceso sobre los límites ni de material extranjero, ni gastos locales.
• Año: 1996
• La SEAGRI pide una financiación por el 100% del importe del contrato.
Las negociaciones comerciales las mantiene Focoex con representantes de la SEA-GRI, mientras que las negociaciones financieras se establecen con la Secretaría de Fazenda del Estado de Bahia (SEFAZ). La financiación es un elemento sustancial pa-ra la viabilidad del contrato y por ello el exportador analiza las diferentes alternativas que se podría ofrecer a la SEFAZ:
• A pesar de que el proyecto es en principio elegible para la financiación conce-sional a través del Fondo de Ayuda al Desarrollo, no es aplicable ya que ese momento, año 1996, Brasil no es un país elegible.
• No hay posibilidad de estructurar una financiación comercial local, a través de bancos brasileños, ya estamos ante un mercado muy afectado en este sentido por el riesgo país, y donde las alternativas financieras son extremadamente ca-ras y a plazos muy cortos: 15% en dólares con un plazo de amortización de 3 años.
• Todo parece indicar que un crédito comprador se adapta perfectamente tanto por su viabilidad como por lo atractivo de sus términos y condiciones en com-paración con lo que el mercado financiero local permite obtener. Ahora tene-mos que establecer en base a qué riesgo CESCE podría aprobar la operación:
o Riesgo soberano (garantía del Ministerio de Finanzas de Brasil). Sabe-mos que esta alternativa es viable a priori dado que CESCE mantiene en esos momentos un límite país de 400 MM de USD, con 100 MM de límite de operación. Por el contrario esta posibilidad, en el caso de estar disponible, tiene el inconveniente de un largísimo proceso de aproba-ciones a nivel interno (Tesoro, Consejo de Ministros, Congreso, Sena-
39
39
do, etc.). Dado el tamaño de la operación, no muy elevado, no parece conveniente este camino debido sobre todo a las demoras que producir-ía.
o Riesgo Estado de Bahia, a través de la SEFAZ. Esta alternativa podría ser muy interesante a priori. Queda descartada debido a que las regula-ciones brasileñas impiden que un Estado se endeude en el exterior sin la garantía formal y explícita del Ministerio de Finanzas. Es decir esta posibilidad equivale de facto a la anterior.
o Riesgo de una entidad financiera local pública o privada aceptable por CESCE. Al final se llega a la conclusión que Banco do Brasil podría ac-tuar en este papel dado que por una parte CESCE está dispuesto a aceptar este riesgo, y por otra el banco brasileño está dispuesto a ga-rantizar ante CESCE el riesgo del Estado de Bahia en la operación ya que se trata de un Estado bien manejado a nivel económico financiero y que ha honorado todos sus compromisos financieros a lo largo de los últimos años. Obviamente la participación de Banco do Brasil, va a en-carecer el coste del crédito comprador a la SEFAZ. Se estima que la in-termediación del banco puede suponer un 3%.
El exportador presenta la operación a CESCE solicitando cobertura bajo la póliza de crédito comprador al plazo máximo posible. CESCE aprueba la operación en su Comi-sión y envía a Focoex su oferta de condiciones cuyas principales características son las siguientes:
• Importe: 12.750.000 USD (85% del contrato) + el 85% de la prima de CESCE.
• Exportador: Focoex.
• Importador: Seagri.
• Plazo: 7 años
• Amortizaciones semestrales consecutivas e idénticas.
• Punto de arranque de los créditos: fechas de embarque al tratarse de un sumi-nistro.
• Prima de CESCE: 9%
• Prestatario: Banco do Brasil.
40
40
• Exigencia de un pago anticipado del 15%.
• Validez de la oferta: 90 días.
Tras recibir la oferta de condiciones de CESCE y dado lo avanzado del proceso de negociación del contrato comercial, Focoex pide ofertas financieras por el 100% de la operación (crédito comprador más crédito comercial complementario) a aquellos ban-cos que considera más dispuestos a tomar riesgo Brasil:
- ABN-AMRO
- Banco Santander
- Societé General
- BBVA
Como siempre todos los bancos están muy interesados en el crédito comprador. Res-pecto al crédito comercial complementario hay que tener en cuenta que estamos en el año 1996, en plena bonanza de los países emergentes un año antes de la crisis asiáti-ca de 1997. Por ello los bancos se muestran predispuestos en cuanto a la toma de riesgo Brasil, con unos términos y condiciones muy agresivos, y muy próximos a los del crédito comprador.
El BBVA es el seleccionado finalmente como banco financiador debido a los siguientes elementos:
• Buenos términos y condiciones en ambos créditos: comisiones, plazos y tipo de interés.
• Existencia de un Acuerdo Marco de Financiación para crédito comprador entre Banco do Brasil y BBVA, lo cual agiliza el proceso de negociación del convenio de crédito.
• Interés del Banco do Brasil y la SEFAZ, por la presencia del BBVA en la opera-ción.
• BBVA no incorpora costes al Exportador por su participación en la operación como banco financiador.
41
41
Este es un resumen de los términos y condiciones de ambos créditos:
Crédito Comprador
• Importe: 12.750.000 USD + 85% de la prima de CESCE.
• Plazo: 7 años.
• Tipo de interés:
o Fijo: CIRR en dólares parea un crédito a 7 años: en esos momento al-rededor del 7%
o Variable: Libor a 6 meses (aprox. 5,7%) + 0,5 %
• Comisión de compromiso: 0,25% p.a, pagadera trimestralmente sobre las can-tidades no dispuestas del crédito comprador.
• Comisión de gestión: 0,35% flat.
Finalmente el comprador, la SEFAZ, elige la alternativa de tipos variables dado que en ese momento los tipos de interés del dólar están un ciclo alto y se esperan bajadas de los tipos de interés a corto y medio plazo, como efectivamente se produjo. Por lo tanto esta operación no tendrá CARI entre el ICO y el banco financiador.
Crédito Comercial Complementario
• Importe: 2.250.000 USD + 15% de la prima de CESCE
• Plazo: 7 años.
• Tipo de interés: Libor a 6 meses + 1,5%
• Amortizaciones: semestrales, consecutivas e idénticas.
• Comisión de gestión: 1% flat.
42
42
En la figura 5 se representa la financiación del proyecto.
SEAGRI
SEFAZ
BANCO DO BRASIL
BBVA
CESCE
FOCOEX
BBVA
Crédito Comer-cial
Complementa-rio
Crédito Comprador
Banco do Bra-sil “repasa” los créditos a la SEFAZ
Póliza de crédito comprador basado en la garantía de Banco do Brasil
Pagos al exporta-dor a través de las disposiciones de ambos créditos
Contrato Comercial
Figura 5
Financiación proyecto Bahia
Finalmente indicar que al final de este proceso y poco antes de la puesta en marcha de la operación, Banco do Brasil y la SEFAZ no llegaban a un acuerdo acerca de la denominada “tasa de repaso”. El primero pedía el 3% y la SEFAZ sólo aceptaba el 2% como máximo. La situación estaba atascada. 43
43
En esos momento se produjo una apreciación del dólar respecto de la peseta (no se había implantado en esos momentos el euro), que generaba un margen adicional al exportador, que en esos momentos toma la decisión (en aras de poner en marcha la operación lo antes posible) de pagar ese 1% en discusión. Así la tasa de repaso for-mal que firma la SEFAZ y Banco do Brasil es del 2% y el exportador se compromete ante el Banco do Brasil en abonar el 1% restante.
Esta situación es un botón de muestra, que pone de manifiesto como el exportador debe estar implicado en cualquier incidencia derivada de la financiación. Como el in-terés del exportador es poner en marcha la operación lo antes posible dada la influen-cia negativa de los retrasos en el margen comercial, es importante identificar en el momento que se producen cada problema o dificultad, para rápidamente analizar si puede hacer algo por su parte para solucionarlos.
2.14.3. CASO PRÁCTICO: EXPORTACIÓN DE MATERIAL RODANTE REHABILITADO A CHILE
RENFE como compañía pública ha desarrollado desde hace muchos años una activi-dad internacional que le llevaba a cooperar con empresas de estructura similar en to-do el mundo. El fuerte impulso a las inversiones en el sector ferroviario que se ha dado en España en los últimos años, ha hecho que muchas compañías de países emergen-tes vean en RENFE un modelo a seguir y busquen aprovechar sus experiencias, pro-cesos, organización, etc.
La empresa pública chilena EFE, Empresa de Ferrocarriles del Estado, es una de es-tas compañías y ha colaborado con RENFE desde principios de la década de los no-venta. RENFE ha prestado asistencia técnica al desarrollo de EFE, implementado e instalado sus sistemas informáticos, ha cooperado en mantenimiento de material ro-dante, infraestructuras, etc. Uno de los elementos que destaca en este aspecto es la compra por EFE de material rodante de segunda mano debidamente rehabilitado y puesto, como se dice en el sector, a kilómetro cero. 44
44
RENFE ha realizado y sigue realizando una inversión muy importante en renovar sus trenes siguiendo los cambios en el sector: alta velocidad, cercanías, etc. El material que deja de estar activo está en condiciones aceptables de operar, sobre todo si se le somete a una renovación integral: interiores, aire acondicionado, cambio de motores, etc. Estos trenes renovados tienen una vida útil de más de 10 años y como se puede uno imaginar son mucho más baratos que un tren nuevo (teniendo además en cuenta que están totalmente amortizados en RENFE), aproximadamente un 40% de su valor.
En los años 90 EFE realizó diversas adquisiciones, sobre todo de trenes regionales y de cercanías. Su puesta en operación ha cambiado a mejor la imagen de la empresa pública de ferrocarriles en Chile, que llevaba muchos años sin invertir en la compra de nuevos equipos.
Estas operaciones (por importe global de más de 20 MM de euros) se realizaron sin financiación. EFE, empresa controlada por el Ministerio de Transportes en Chile, acordó con RENFE en el correspondiente contrato comercial, pagar los trenes a través de créditos documentarios irrevocables y confirmados, pagaderos a la vista contra do-cumentos de embarque. Por otro lado la operación tenía un anticipo del 15%.
En el año 2002, el Gobierno de Chile, aprueba un Plan Trienal de inversiones para EFE, que contempla adquisición de material rodante, renovación de infraestructuras, estaciones, etc. El volumen global incluido en el programa es superior a los 500 MM de euros, en pesos chilenos. El Plan se concreta a nivel administrativo en un Decreto Supremo que firman el Presidente de la República y los Ministros de Hacienda y Transportes.
El objetivo financiero de EFE y el Gobierno chileno, es que parte de las inversiones sean financiadas sin necesidad de contar con la garantía explícita del Ministerio de Hacienda, con el objetivo primario de reducir el incremento del endeudamiento del Es-tado producto del desarrollo de las infraestructuras.
Tras el éxito de los contratos firmados en los años 90, RENFE negocia con EFE, la adquisición de nuevo material rodante rehabilitado por un importe global de aproxima-damente 50.000.000 de euros, presupuesto incluido dentro del Plan Trienal antes mencionado. 45
45
Expansión Exterior, como agente financiero de RENFE, trabaja en buscar una solución financiera satisfactoria para EFE con los siguientes objetivos:
• Atractivos términos y condiciones para EFE. No hay que olvidar que Chile es un país con grado de inversión según las Agencias de Rating, por lo que hay que ser muy competitivo en este aspecto.
• No es admisible condicionar la financiación a la disponibilidad de la Garantía del Ministerio de Hacienda, ya que en este caso ellos prefieren emitir bonos en el euromercado con tipos de financiación extremadamente competitivos.
Se intenta estructurar la operación a través de un crédito comprador con cobertura de CESCE, basado en la garantía de EFE, y con un plazo de amortización lo más alto posible. Preliminarmente se discute el esquema con EFE quien manifiesta un alto in-terés en una financiación con la estructura antes mencionada, la cual permitiría conso-lidar el interés de RENFE en vender sus trenes rehabilitados a EFE, a través de la fir-ma del correspondiente contrato comercial.
En este punto hay que tener en cuanta que los estados financieros de EFE reflejan importantes desequilibrios y pérdidas (como por otra parte es relativamente normal en empresas públicas de transporte ferroviario).
Otro elemento a tener en cuenta son los Estatutos de EFE. En ellos no se incluye ningún apartado que obligue al Estado chileno a respaldar los compromisos de la em-presa de ferrocarriles.
Pese a ello y como ha ocurrido en España a lo largo de muchos años con RENFE, EFE cumple todos sus compromisos de pago, crédito, etc., gracias al apoyo directo presupuestario que recibe del Gobierno chileno.
Expansión Exterior como asesor de RENFE, presenta la operación a CESCE solici-tando su cobertura en base a:
• Garantía directa de EFE.
• Se aporta copia del Plan Trienal y del Decreto Supremo que lo sanciona. El ob-jetivo es que CESCE entienda que el Ministerio de Hacienda no quiere dar su
46
46
garantía explícita para el crédito comprador, pero en cualquier caso existe una garantía implícita basada en:
o Documentos administrativos antes mencionados.
o La tradición de seguridad jurídica y cumplimiento de sus obligaciones por parte del sector público en Chile.
• El proyecto incorpora unas cantidades muy bajas de material extranjero y gas-tos locales.
• Se da todo tipo de información acerca del proceso de rehabilitación para que CESCE entienda que no es una venta de material de segunda mano sin más. Se trata de una rehabilitación en profundidad que permite a los equipos operar en condiciones de mercado a largo plazo (más de 10 años e incluso más de 15 si el mantenimiento es el adecuado).
Adicionalmente y en paralelo se consigue una autorización de la Secretaría de Estado de Industria que es perceptiva para la venta de material usado.
Al tratarse de una compañía pública lo que se pide a CESCE es una cobertura de riesgos políticos (99%) que por supuesto incluya todos los supuestos de impago de la operación.
Antes de continuar vamos a referirnos a cómo CESCE describe en su póliza los ries-gos de carácter político y extraordinario.
En el artículo 2 de la póliza de crédito comprador se refiere a los riesgos incluidos en la cobertura y el punto 2.2 trata los riesgos políticos y extraordinarios:
2.2. Riesgos de carácter político y extraordinario
Las pérdidas o daños económicos resultantes de alguna de las situaciones siguientes:
Primero.- 47
47
a) El incumplimiento de la obligación de pago del CREDITO por el DEUDOR y el GARANTE;
b) Omisión, alteración, retraso del pago o de la transferencia del CREDITO ven-cido y exigible, incluidas aquellas situaciones en que se declaren o produzcan efectos liberatorios en los pagos efectuados por el DEUDOR o el GARANTE en una unidad monetaria distinta a la MONEDA convenida y que, al convertir-la a ésta última en la fecha de transferencia de fondos, determine una pérdida para el ASEGURADO;
Siempre que obedezcan directamente a alguna de las siguientes causas:
1) Guerra civil o internacional declarada o no, revolución, revuelta, terrorismo, al-teraciones sustanciales del orden público, o cualquier acontecimiento análogo, siempre que hayan acontecido en el extranjero.
2) Circunstancias o sucesos de carácter catastrófico, tales como ciclones, inunda-ciones, terremotos, erupciones volcánicas, maremotos, y fenómenos similares, así como accidentes nucleares y los ocasionados por sustancias químicas, bioquími-cas o similares, acaecidos igualmente en el extranjero.
3) Acontecimientos políticos, o dificultades económicas de especial gravedad pro-ducidos en el extranjero, tales como crisis de balanzas de pagos o alteraciones de la paridad monetaria de significativa cuantía, o la acumulación catastrófica de pérdidas, y que originen una situación generalizada de insolvencia.
Entre las anteriores causas se entiende comprendida la moratoria de pagos exte-riores en el país del DEUDOR, o en su caso, del GARANTE, o de un tercer país a través del cual sea imprescindible que se efectúe el pago del CREDITO. Se en-tenderá como moratoria de pagos el notorio incumplimiento, de hecho o de dere-cho, de las obligaciones internacionales de pago de un país durante al menos 90 días con carácter general o respecto a uno sólo o varios países acreedores. 48
48
4) Cuando las Autoridades españolas y las del país del DEUDOR, o en su caso las del GARANTE, hayan concluido un Convenio Bilateral de Reestructuración de su deuda externa y dicho convenio haya entrado en vigor.
5) Expropiación, nacionalización, confiscación o incautación dictadas por las auto-ridades extranjeras que recaigan sobre el DEUDOR o el GARANTE extranjeros.
6) Medidas expresas o tácitas adoptadas por un Gobierno extranjero.
7) Medidas del Gobierno español, incluidas las medidas y decisiones de la Unión Europea o de cualquier otro organismo de carácter supranacional del que España sea parte y esté obligada a su cumplimiento.
Si hacemos un análisis de los riesgos de la operación versus la política de cobertura de CESCE para Chile vemos lo siguiente:
• CESCE clasifica a Chile como abierto a medio y largo plazo sin restricciones cuantitativas. Esto significa que CESCE está dispuesta a tomar de forma ilimi-tada riesgo soberano de la República de Chile.
• Dada la buena situación política, económica y financiera de Chile a lo largo de los últimos años, no es previsible que se produzcan guerras, problemas graves en la situación financiera del país, devaluaciones masivas, etc. Es decir los riesgos extraordinarios y el riesgo de transferencia tienen un nivel muy bajo en Chile. Estas son los riesgos políticos incluidos en las cláusulas del 2.2.1 al 2.2.6.
• Dado que se pide cobertura a CESCE sin garantía del Ministerio de Hacienda, el riesgo clave de la operación es la posibilidad de que EFE no pague un ven-cimiento del crédito comprador, y que el Ministerio de Transportes o el Ministe-rio de Hacienda (en definitiva el Gobierno de Chile) no se hagan cargo de tal obligación, argumentando que se trata del impago de una Sociedad Anónima
49
49
donde el Estado es accionista y cuya responsabilidad no va más allá del capital invertido en la misma. Es decir al ser EFE comprador público, estamos hablan-do de riesgo incluido en la cláusula 2.2.7 de la póliza de crédito comprador.
Finalmente en Diciembre de 2003, CESCE aprueba la operación, pero incorpora la condición de que el crédito sea garantizado por el Ministerio de Hacienda de Chile.
Se trata por lo tanto de una aprobación que no sirve para los objetivos financieros que se fijaron y que además comprometa la firma de los contratos comerciales entre EFE y RENFE.
Dada la situación se trata de buscar una solución que permita la aprobación de CES-CE. La clave de la operación es que bancos y aseguradoras “confíen” en la garantía implícita del Estado chileno. Obviamente el concepto de garantía implícita no es propio de la práctica bancaria habitual, pero tampoco era la primera vez que se daba un crédito en base a la misma.
Finalmente encontramos dos bancos franceses (BNP Paribas y Societé General) quienes informalmente manifestaron su interés en otorgar el crédito comprador si CESCE cubría la mitad del riesgo de impago de EFE, es decir el 50% de la cláusula 2.2.7. de la póliza de crédito comprador.
Se volvió a realizar una solicitud a CESCE en este sentido, y en Febrero de 2004 aprobó la cobertura de la operación sin garantía del Ministerio de Hacienda, y con una cobertura del riesgo de impago de EFE del 50%. Los principales términos de la cober-tura:
• Operación de suministro de trenes: punto de arranque de los créditos es la fe-cha de embarque de los trenes.
• Periodo de ejecución: 18 meses.
• Plazo de amortización 7 años.
• Importe al no tener exceso de gastos locales y material extranjero: 85% (50.000.000), es decir 42.500.000 euros más el 85% de la prima de CESCE.
50
50
• Prima de CESCE: 2%
• Cobertura de riesgos políticos: 50%.
Se firmaron los correspondientes contratos comerciales y se inició el proceso de peti-ción de ofertas financieras. Dada la naturaleza pública de EFE era importante coordi-nar todas las acciones financieras de RENFE y su asesor financiero, Expansión Exte-rior, a los procedimientos de la empresa chilena a la hora de decidir formalmente que banco recibiría el mandato.
Aunque en un crédito comprador es el exportador el que en principio debe decidir quien es el banco financiador, en muchos casos hay que adaptarse a las obligaciones o limitaciones que en este sentido tienen los compradores o prestatarios de la opera-ción. Al final hay que buscar un esquema de consenso entre comprador y vendedor, cuyo objetivo final es contemplar los requerimientos de ambas partes, y evitar retrasos en la puesta en marcha de la operación.
Se pidieron ofertas financieras por el 100% de la operación a los siguientes bancos:
- BBVA
- Societé General
- BNP Paribas
- ABN-Amro
- CajaMadrid
- HSBC
- Deutsche Bank
- Banco Popular
Dado que no había exceso de gastos locales ni material extranjero los bancos debían ofertar:
• Crédito comprador: 85% (Bienes y servicios exportados) + 85% Prima de CESCE (850.000) = 42.500.000 + 722.500 = 43.222.500 euros.
51
51
• Crédito comercial complementario: 7.500.000 (resto del contrato – anticipo) + 15% Prima de CESCE = 7.500.000 + 127.500 = 7.627.500 euros.
El riesgo EFE que los bancos debían tomar era el 50% del crédito comprador (dada la cobertura de CESCE) más el 100% del crédito comercial complementario, es decir 29.238.750 euros. Como se puede observar la prima de CESCE es relativamente baja lo cual corresponde a dos factores:
• Buena percepción del riesgo Chile, clasificado en lo que a primas se refiere en el grupo 2, es un muy buen riesgo.
• Cobertura del 50% en lugar del tradicional 99%.
De los bancos antes citados, realizaron oferta en firme en base al anterior esquema:
- BNP Paribas
- ABN Amro
- Societé General
El resto declinaron ofertar ya que no estaban dispuestos a asumir riesgo EFE en los importes antes indicados, dicho de otra forma, sus comités de crédito no veían total-mente claro el riesgo de la operación basado formalmente en EFE como prestatario, con la garantía implícita del Ministerio de Hacienda de Chile.
Un aspecto muy relevante de la financiación tenía que ver con la moneda de contrato y moneda de financiación. RENFE exigía un contrato en euros para entre otras cosas evitar el siego de cambio en la operación. Por otro lado EFE quería una financiación en dólares. La principal razón es que en general en América Latina el volumen de transacciones que se realizan en dólares es muy superior al de euros. Esto hace que empresas privadas y públicas prefieran cerrar sus operaciones en dólares en lugar de euros.
Finalmente el contrato se cerró en euros y la financiación en dólares. Es decir el crédi-to comprador al final es en dólares, contravalor de los importes en euros del contrato 52
52
comercial. Si no hay derivados para cubrir el riesgo de cambio dólar/euro, se aplica el tipo de cambio al contado dólar/euro del día de disposición/pago, que en este caso es la fecha de embarque. El riesgo de cambio lo asume EFE y para nada RENFE entra en este asunto.
En la medida que el cronograma de embarques esté más o menos determinado, el banco financiador o un tercer banco, puede contratar con EFE un derivado que cierre el tipo de cambio a aplicar en el momento de las disposiciones. Dado que hablamos de 18 meses de ejecución y cambio dólar/euro, no hay problemas en contratar por ejemplo una opción o un futuro para realizar esta cobertura.
Finalmente y tras un proceso de negociación con los tres bancos antes mencionados se decidió conjuntamente entre comprador y vendedor, dar el mandato a la BNP Pari-bas, siendo los términos y condiciones de la oferta muy similares a las de Societé Ge-neral.
Los principales término y condiciones de la oferta fueron
CRÉDITO COMPRADOR
• Importe: contravalor en dólares de 43.222.500 euros, incluyendo la financiación del 85% de la prima de CESCE.
• Plazo de amortización: 7 años.
• Amortizaciones semestrales consecutivas e idénticas
• Punto de arranque de los créditos: fecha de embarque.
• Tipo de interés:
o Tipo fijo: CIRR en dólares para un crédito entre 5 a 8,5 años, es decir 4,39%, opción finalmente elegida.
o Tipo variable: Libor (6 meses) + 0,5%
• Comisión de gestión: 0,2 % flat.
• Cobertura de CESCE del 50% de los riesgos políticos.
CRÉDITO COMERCIAL COMPLEMENTARIO 53
53
• Importe: contravalor en dólares de 7.627.500 euros, incluyendo la financiación del 15% de la prima de CESCE.
• Plazo de amortización: 7 años
• Amortizaciones semestrales consecutivas e idénticas.
• Punto de arranque de los créditos: fecha de disposición.
• Tipo de interés: Libor (6 meses) + 0,6%
• Comisión de gestión: 0,3% flat.
Se trataba de la primera vez que en los últimos años EFE ha utilizado un crédito a la exportación. CESCE fue la primera ECA en asumir riesgo EFE sin garantía soberana, aunque fuera con una cobertura del 50% en lugar del 99% habitual. Posteriormente se han firmado otros contratos con otros exportadores españoles. Ya otras ECA’s, por ejemplo la francesa COFACE, se han mostrado dispuestas a tomar de la misma forma el riesgo EFE. El siguiente paso será subir el porcentaje de cobertura, sobre todo una vez que los créditos vayan siendo amortizados sin problemas, o dicho de otra forma, cuando se compruebe en la práctica que la garantía implícita del Gobierno chileno es una realidad que funciona. 54
54
En la figura 6, se describe gráficamente el proyecto:
EFE
RENFE
ICO
CESCE
BNP PA-RIBAS
BNP PARI-BAS
MINISTERIO DE HACIENDA
Figura 6
CONTRATO COMERCIAL EN EUROS
CREDITO COMPRADOR EN DÓLARES
CARI EN DÓLARES
POLIZA DE CRE-DITO COMPRA-DOR EN DÓLA-RES: 50% RIES-GOS POLITICOS
GARANTIA IMPLICITA
CREDITO COMERCIAL EN DOLARES
PAGOS 55
55
2.14.4. CASO PRÁCTICO. TELEFÓNICA ARGENTINA
El inicio de la exitosa internacionalización de Telefónica que le ha llevado hoy en día a ser la tercera empresa de telecomunicaciones del mundo, se produjo en América, y en concreto en Chile y Argentina a finales de los ochenta principios de los noventa.
En ese último país y el año 1989, Telefónica adquiere en un proceso de privatización la mitad aproximadamente de la red de telefonía fija del país, empresa que pasó a lla-marse Telefónica Argentina.
Este hecho se produce en una situación muy mala de la economía argentina afectada todavía por la crisis de la deuda de los ochenta y en esos momentos en una situación muy delicada en variables como la inflación, desempleo, crecimiento económico, etc.
La situación de la compañía telefónica adquirida no era mucho mejor. La red estaba en estado lamentable producto de muchos años de mala gestión, escasa inversión y abandono del mantenimiento.
Para hacer operativo el negocio, y también debido a los compromisos con el Gobierno argentino, Telefónica acomete un muy importante plan de reestructuración a todos los niveles, empezando por la renovación total de la infraestructura de la red. Esto lleva a Telefónica Argentina a realizar grandes operaciones de adquisición de equipos y ma-teriales, donde los suministradores españoles tradicionales de Telefónica fueron muy activos.
Como algunos estudios indican, las inversiones en el exterior pueden ser el desenca-denante de un volumen importante de exportaciones. Éste es el caso de esta opera-ción.
Entre los años 1991 -1995, Telefónica Argentina realiza importaciones de cientos de millones de dólares. 56
56
Uno de los objetivos del Grupo Telefónica era desarrollar esquemas que, sin garantía de la casa matriz, permitieran financiar las compras de activos fijos de Telefónica Ar-gentina a medio y largo plazo.
En los años noventa la situación de Argentina empezaba a mejorar, lo cual dio lugar a la apertura de líneas significativas de crédito comprador entre las ECA’s en general y CESCE en particular, con este país.
Algunos bancos, en estrecho contacto con la dirección financiera de Telefónica Argen-tina, desarrollaron financiaciones basadas en los créditos a la exportación que cumpl-ían dos objetivos:
• Dar financiación a Telefónica Argentina a medio y largo plazo, sin garantía de Telefónica de España.
• Términos y condiciones atractivos frente a otras posibilidades.
Para alcanzar estos objetivos uno de los puntos críticos era la reducción de los costes financieros de la operación.
Lo primero que se hizo, una vez concebida la estructura de la operación, fue presentar un grupo de operaciones a CESCE, a través de Banco Atlántico. Se trataba de una serie de exportaciones de equipos de Alcatel España (cables), Ericksson (equipos de telecomunicaciones) y Amper (teléfonos). El volumen total de estas operaciones ron-daba los 100 MM USD. Estas operaciones no tienen gastos locales y el material ex-tranjero no supera los límites máximos permitidos.
CESCE analizó los balances de Telfónica Argentina y aprobó las operaciones con una cobertura, la estándar entonces (primera mitad de los noventa), del 97% de los Ries-gos Políticos y el 92% de los Riesgos Comerciales.
Los términos y condiciones de la oferta de condiciones de CESCE eran:
• Comprador: Telefónica Argentina.
• Exportador: Alcatel, Amper, etc.
57
57
• Importe: 85% de los Bienes y Servicios Exportados más el 85% de la prima CESCE. Aproximadamente 100.000.000 USD.
• Punto de arranque de los créditos: fechas de embarque, se trata de un suminis-tro de equipos.
• Plazo: 5 años.
• Amortizaciones semestrales consecutivas e idénticas.
• Importe de la prima: 7%
• Anticipo: 15%
El coste de la prima era elevado para las expectativas de Telefónica Argentina. El cos-te global de la operación financiera se encarecía y por ello se inclinaban por otro tipo de financiaciones aunque fueran a plazos más cortos. En ese sentido tenían líneas con el Citibank o Bank of America.
La solución que se encontró para abaratar costes financieros por parte de los bancos españoles, fue no cubrir el riesgo comercial. Así la prima de CESCE con cobertura sólo del riesgo político estaba en torno al 3%. Los comités de crédito de los bancos llegaron a la conclusión que el único riesgo preocupante en la operación era el político y no el comercial. Era muy difícil pensar que el Telefónica Argentina en una situación estable del país fuera a impagar el crédito, incluso aunque los resultados de la com-pañía no fueran los mejores. Lo que sí preocupaba era el riesgo político por dos moti-vos:
• Argentina ha sido un país que ha sufrido varias veces problemas derivados del riesgo de transferencia, convertibilidad, impago de la deuda, etc. (el último en 2001), lo cual podría impedir el repago del crédito por parte de Telefónica Ar-gentina.
• Provisiones riesgo-país que el Banco de España obliga a realizar a los bancos cuando toman riesgos a más de 1 año en países emergentes.
Ahora el producto global era muy interesante para Telefónica Argentina, teniendo además en cuenta que podían financiar a tipo fijo CIRR en dólares con un plazo de amortización de 5 años. 58
58
Se realizaron varias operaciones importantes siguiendo este esquema. Los bancos más activos fueron el Banco Atlántico y el Banco Central Hispano.
El 15% del anticipo finalmente no fue financiado y Telefónica Argentina lo pagó a los exportadores con recursos propios, junto con el 15% de la prima de CESCE.
Este es un ejemplo de cómo la financiación en base a una estructura de crédito com-prador puede ser muy atractiva, incluso para grandes empresas internacionales en sus operaciones en países emergentes. Para ello los bancos deben estar dispuestos a to-mar coberturas parciales que sirvan para mejorar los términos y condiciones de la fi-nanciación.
2.15. CRÉDITO COMPRADOR MULTISOURCING
Producto de la globalización de los mercados, la integración económica, el desarrollo y la especialización empresarial, es muy corriente encontrarnos operaciones, normal-mente con importes medianos o grandes, donde existe un contenido muy importante de material extranjero que superan con mucho los límites máximos permitidos en la base de financiación del crédito comprador.
En muchas ocasiones empresas exportadoras españolas se ven obligadas a recurrir a proveedores europeos, de EE UU o Japón, dada la inexistencia de fabricación en Es-paña de esos equipos o componentes que debe incorporar el proyecto. Este es un ca-so frecuente para contratistas españoles involucrados en grandes proyectos como Dragados, Técnicas Reunidas, Abengoa, etc. , dentro de sectores como el industrial, químico y eléctrico, entre otros.
En resumen aparece la necesidad de un esquema financiero en base a un crédito comprador apropiado para operaciones donde se incorporan equipos de diferentes países , no existiendo un origen predominante, que supere las normas tradicionales de contenido máximo de material extranjero que tienen las regulaciones del crédito a la exportación en los diferentes países.
La solución a esta situación son los Créditos Comprador Multsourcing. En ellos par-ticipan diferentes Agencias de Crédito a la Exportación (ECAS), según el origen de los 59
59
equipos o servicios incluidos en la operación. Cada ECA cubre los un importe relacio-nado con lo fabricado en su país independientemente de que el exportador sea una empresa de ese país o no.
Existen dos tipos de estructuras de crédito comprador multisourcing:
• Operaciones donde hay un convenio de crédito por cada ECA que participante.
• Operaciones donde se utiliza el reaseguro entre las ECA’s, liderando normal-mente la Agencia de Crédito del país del exportador.
Vamos a analizar ambos esquemas a través de un ejemplo:
Supongamos que la empresa de ingeniería Técnicas Reunidas está negociando un proyecto de una planta petroquímica para la National Petrochemical Company (NPC) en Irán. El proyecto es de 100.000.000 de euros, donde 30 MM de euros son de origen español, 30 MM de euros de origen francés, 30 MM de origen alemán y 10 MM de eu-ros de gastos locales.
Vamos a analizar las dos posibilidades:
2.15.1. UN CONVENIO DE CRÉDITO POR CADA TRAMO ECA
• Estructuramos la operación como si de tres se tratara. Para ello distribuimos los gastos locales entre los tres orígenes. Por ejemplo:
o 4 MM € en el tramo español.
o 3 MM € en el tramo alemán.
o 3 MM € en el tramo francés.
• Calculamos ahora el importe de cada crédito comprador procedente de cada país siguiendo lo indicado en capítulos anteriores para el cálculo de la base de financiación (85% del los Bienes y Servicios españoles por ejemplo más el 100% de los gastos locales con el límite del 30% de los bienes y servicios ex-portados):
o Tramo español: 85% (30 MM €) + 100% (4 MM €) = 29,5 MM €
o Tramo alemán: 85% (30 MM €) + 100% (3 MM €) = 28,5 MM €.
o Tramo francés: 85% (30 MM €) + 100% (3 MM €) = 28,5 MM €
o Crédito comercial complementario: 100 – 29,5 – 28,5 – 28,5 = 13,5 MM €
60
60
• El banco financiador o el exportador presentarán la operación a cada ECA para obtener su aprobación, tras lo cual se negociarán los respectivos convenios de crédito.
• Esta operación tendrá cuatro contratos de crédito, tres de crédito comprador y uno de crédito comercial complementario, para así financiar el 100% de la ope-ración.
• Normalmente las ECA’s involucradas exigen que los correspondientes conve-nios de crédito incluyan cláusulas de cross default y pari passu, por las que se considera el incumplimiento del prestatario en uno de los créditos, como el in-cumplimiento del resto, aunque es ese momento estén al día en cuanto a los pagos. Se trata así de evitar que el prestatario incumpla uno de los créditos y que sólo eso sea un problema para el afectado manteniéndose el resto al mar-gen. En algunas ocasiones estas cláusulas suponen un problema en el proce-so de negociación de los convenios de crédito.
• Si utilizamos este sistema es conveniente elegir un banco financiador con pre-sencia en los países fuera del nuestro donde se solicita cobertura. Así Técnicas Reunidas, a pesar de tener una buena relación corporativa con Caja Madrid, pedirá ofertas para esta operación a BBVA, Societé General, Deutsche Bank o Banco Santander, que tienen presencia tanto en España como en Francia o Alemania.
• En este caso es aconsejable dar el mandato al banco con anterioridad a la pre-sentación formal de la operación ante las ECA’s, ya que éstos nos evita mu-chas complicaciones y costes, derivados por ejemplo del desconocimiento que tiene Técnicas Reunidas de las peculiaridades del sistema de crédito a la ex-portación alemán o francés. Hay que tener en cuenta que, aunque todos deben estar dentro del marco del Consenso OCDE, sus procedimientos operativos y algunas de sus regulaciones son muy distintas de un país a otro, incluso dentro de la misma Unión Europea. Por ejemplo, una de las diferencias puede darse en el porcentaje de cobertura de las respectivas ECA’s. Así por ejemplo CES-CE cubre el 99% de los riesgos políticos, mientras HERMES cubre el 95%. Es-to hace que los términos y condiciones de los diferentes créditos no sean
61
61
homogéneas, lo cual es otro problema que debe solventarse a lo largo de la negociación tanto de las ofertas financieras como de los convenios de crédito.
• Finalmente el banco elegido es Societé General (SG)
En la figura 7 se describe gráficamente la operación con su financiación multisourcing:
TECNICAS REUNIDAS
NATIONAL PETRO-CHEMICAL COMPA-NY (NPC)
SOCIETE GENERAL
CESCE
SOCIETE GENERAL
HERMES
COFACE
SOCIETE GENERAL
SOCIETE GENERAL
Figura 7
CREDITOS COMPRA-DOR
CRÉDITO COMERCIAL
COMPLE-
MENTARIO
PAGOS 62
62
2.15.2. CRÉDITO MULTISOURCING CON REASEGURO
Esta es la alternativa al sistema anterior. Su principal ventaja es la simplificación del proceso tanto en la solicitud de cobertura, como en la negociación de los convenios de crédito e implementación de la financiación.
En este caso la operación se presenta a una única Agencia de Crédito a la Exporta-ción, indicando con detalle los orígenes de todos los equipos que tiene el proyecto. La ECA analiza la operación y si el riesgo es aceptable asegura la operación como si to-dos los equipos fueran de ese país, realizando un reaseguro con la ECA’s de los paí-ses involucrados, de forma que al final el resultado es similar: cada Agencia acaba to-mando el riesgo de los componentes del contrato procedentes de su país.
Es importante que la Agencia originadora tenga firmados Acuerdos Marco de Rease-guro con otras ECA’s para facilitar este proceso. En cualquier caso la ECA líder pre-senta la operación a las demás, para que éstas la analicen y decidan al respecto.
Si existen Acuerdos de Reaseguro el sistema funciona muy bien porque si el resto de las ECA’s acepta el riesgo:
• La prima es la misma para toda la operación y no ocurre como en el sistema anterior, donde puede haber diferencias entre las ECA’s.
• Tenemos una única póliza, no varias cuyos términos pueden tener relevantes diferencias.
• El porcentaje de cobertura es también único.
Al final se instrumenta la operación como si todo fuera español: un solo convenio crédito comprador, con una sola póliza y con la intervención formal de una única Agencia de Crédito a la Exportación.
En estos momentos CESCE tiene suscritos Acuerdos Marco de Reaseguro con la ma-yoría de Agencias europeas, por lo que el reaseguro es la mejor alternativa si los componentes de material extranjero provienen de Europa. 63
63
Por el contrario no existen Acuerdos con la Agencia americana (US Eximbank), cana-diense (EDC – Export Development Corporation) o las japonesas (NEXI o JBIC – Ja-pan Bank for International Cooperation). En el caso de estar ante una operación con porcentajes relevantes de estos países el sistema más utilizado es el descrito en pri-mer lugar.
Regresando al ejemplo que se ha utilizado en el apartado anterior, la operación que-daría de la siguiente forma utilizando el reaseguro como sistema de un crédito com-prador multisourcing:
• Un crédito comprador con cobertura de CESCE por el 85% de los bienes y ser-vicios exportados más el 100% de los gastos locales ya que no superan el 30% de los bienes y servicios exportados: 85% (90 MM €) + 100% (10 MM €) = 76,5 + 10 = 86,5 MM €.
• La cobertura de CESCE es del 99% de los riesgos políticos y el 99% de los comerciales. En este caso sólo tenemos riesgos políticos al ser la NPC 100% propiedad del Estado.
• CESCE reasegurará 28,5 MM € con Hermes (Agencia alemana) y otros 28,5 MM € con Coface (Agencia francesa).
• El crédito comercial complementario será el resto de la operación: 100 – 86,5 = 13,5 MM €.
• Los importes del crédito comprador y crédito comercial complementario son iguales, pero hemos reducido el número de créditos de 4 a 2, facilitando tanto la puesta en marcha como la implementación de la financiación, y por lo tanto el proyecto.
64
64
La figura 8 refleja gráficamente el sistema de multisourcing por reaseguro:
NATIONAL PETRO-CHEMICAL COMPANY (NPC)
TECNICAS REUNIDAS
SOCIETE GENERAL
SOCIETE GENERAL
CESCE
HERMES
COFACE
Figura 8
CREDITO COMPRA-DOR
CRÉDITO COMERCIAL
COMPLE-
MENTARIO
PAGOS
REASEGURO
Con esta alternativa no es necesario dar el mandato a un banco con presencia en Alemania y Francia, no otorgarlo antes de hacer la solicitud a la Agencia de Crédito, en este caso CESCE. Esto facilita el proceso de competencia entre bancos que hemos descrito en capítulos anteriores. 65
65
2.3. CRÉDITO SUMINISTRADOR
Se trata de un tipo de operación donde es el exportador el que financia la operación al importador gracias a que lo otorga en el contrato comercial la posibilidad de que el pa-go sea diferido a medio o largo plazo.
CESCE cubre al exportador del riesgo de impago de la operación a través de la póliza de crédito suministrador donde el exportador como asegurado, tiene una cobertura del 99% de los riesgos políticos y el 99% de los riesgos comerciales.
Dado que el exportador está financiando la operación, precisa normalmente de un crédito a línea de financiación que va amortizando según recibe los pagos del impor-tador.
Como hemos indicado, el asegurado en la póliza de crédito suministrador es el expor-tador. Además esta póliza cubre el riesgo de resolución o cancelación unilateral de contrato en los mismos porcentajes que el riesgo de impago.
Aunque en el fondo es una estructura similar a la de crédito comprador, en España se emplea de forma muy reducida. El exportador prefiere sólo estar involucrado en la operación durante el periodo de construcción o ejecución del contrato, y no a largo plazo mientras va recibiendo directamente el importe de los diferentes pagos a plazo acordados con el importador. Otra razón que explica su pequeña utilización en Espa-ña, es que hasta hace relativamente pocos años la póliza de crédito suministrador otorgaba menores coberturas que la de crédito comprador, lo cual generó en los años ochenta y noventa, una inercia negativa en cuanto a su uso por los exportadores, que en muchos casos no están dispuestos ni siquiera a proponer a los importadores el uso de esta alternativa. 66
66
El esquema de la operación sería el siguiente (figura 9):
IMPORTADOR
BANCO
FINANCIADOR
EXPORTADOR
CESCE
Figura 9
CONTRATO
COMERCIAL
PAGO
APLAZADO
POLIZA DE
CRÉDITO
SUMINISTRADOR
DISPOSICION Y AMORTIZACIÓN DEL CREDITO
En una operación de este tipo los costes financieros deben estar incluidos en el im-porte del contrato comercial, donde se recogen los términos y condiciones que vamos a aplicar al respecto.
Los pagos como en el crédito comprador son semestrales, consecutivos e idénticos.
En principio la financiación del banco es con recurso sobre el exportador. La podemos transformar sin recurso a través de dos acciones:
• Endoso de la póliza de CESCE a favor del banco. Le nombramos beneficiario de la misma de forma irrevocable y comunicamos este hecho a CESCE.
• Endoso de los pagarés o letras firmadas con el importador donde se recoge su compromiso de pago.
67
67
De esta forma el banco presenta al importador los pagarés para su cobro, y en el caso de impago, puede recibir la indemnización de CESCE de forma directa. Así se parece mucho crédito suministrador al crédito comprador para el exportador. El riesgo es asumido totalmente por el banco en la medida que el exportador no incumpla sus compromisos ante el importador y CESCE, ya que entre otras cosas, siempre será el asegurado de la operación.
Un crédito suministrador puede tener CARI, en el caso de que el interés que se apli-que al pago diferido sea el CIRR y no tipos de interés variables. El CARI se firmará entre banco financiador e ICO, estando siempre los intereses incluidos en el precio del contrato.
En un crédito comprador sin recurso, el pago de la operación al exportador se produce en el momento que se alcanzan los hitos contractuales (embarques o certificados de avance). En ese momento entrega la letra o pagaré correspondiente al exportador, éste lo endosa al banco, y entonces se realiza una disposición del crédito suministra-dor a favor del exportador donde se descuentan los intereses correspondientes. El prestatario en este crédito es el exportador y no el importador como en el caso del crédito comprador.
2.4. CRÉDITOS MIXTOS
Consideramos un crédito mixto como un esquema de financiación concesional, com-puesto por dos créditos:
• Crédito FIEM
• Crédito Comprador
Si la operación no tiene exceso de material extranjero y de gastos locales, un crédito mixto puede financiar el 100% del proyecto, y no un 85% como en el caso de un crédi-to comprador. Aplicamos aquí también como límites: 68
68
• 30 % conjunto sobre los bienes y servicios exportados para material extranjero y gastos locales.
• 5% sobre los bienes y servicios exportados para comisiones comerciales pa-gaderas en el extranjero.
Si hubiera exceso de gastos locales o material extranjero, se financiaría en el crédito mixto el 100% de los límites antes mencionados. El resto deberían financiarse con otro tipo de créditos.
Como en el caso del FIEM 100%, se puede jugar con los porcentajes máximos de gas-tos locales y material extranjero, en la medida que la suma de ambos no supere el 30% de los bienes y servicios exportados.
Se trata de un crédito blando, donde el elemento de liberalidad reside en la parte FIEM, ya que el crédito comprador no tiene concesionalidad alguna según la OCDE.
Obviamente los créditos mixtos están dentro de la Ayuda Concesional Ligada del Con-senso, es decir como si de un crédito FIEM 100% se tratara, sólo podemos utilizarlo en países elegibles y dentro de éstos en proyectos comercialmente no viables, con sus excepciones correspondientes según regula el propio Consenso. En resumen es una forma alternativa al FIEM 100%, estando totalmente regulado por la legislación del FIEM tanto a nivel interno como externo (Consenso OCDE)
Se llama tasa de mezcla dentro de un crédito mixto al porcentaje del crédito FIEM de-ntro del mismo, es decir una tasa de mezcla del 70%, significa que el 70% de la ope-ración es un crédito FIEM y el 30% un crédito comprador.
La prima de CESCE se calcula sólo sobre el importe del crédito comprador, ya que el crédito FIEM no tiene coste alguno en este sentido. Como la prima es considerada un servicio español, se puede financiar como tal al 100 en ambos créditos a prorrata de la tasa de mezcla.
Es decir en el caso anterior con una tasa de mezcla del 70%, y sin exceso de gastos locales ni material extranjero, se financiaría:
• 100% Bienes y servicios españoles
• 100% Bienes y servicios extranjeros.
69
69
• 100% Gastos locales
• 100% Prima de CESCE
¿Cómo?
• Crédito FIEM:
o 70% Bienes y servicios españoles.
o 70% Bienes y servicios extranjeros
o 70% Gastos Locales
o 70% Prima de CESCE
• Crédito comprador:
o 30% Bienes y servicios españoles.
o 30% Bienes y servicios extranjeros
o 30% Gastos locales
o 30% Prima de CESCE
En cuanto a las disposiciones, dado que la financiación es 100%, se autoriza a que el anticipo se pague a través de una disposición del FIEM, utilizándose luego alternati-vamente los créditos a prorrata de la tasa de mezcla.
Así las primeras disposiciones serían asumiendo que el contrato comercial tiene acor-dado, como es habitual, un pago anticipado del 15%.
• Disposición del crédito FIEM para hacer el pago anticipado.
• Disposición del crédito FIEM para pagar el 70% de la prima de CESCE.
• Disposición del crédito comprador para pagar el 30% de la prima de CESCE.
Hasta aproximadamente el año 2000 la mayoría de créditos concesionales se otorga-ban con la estructura de créditos mixtos, siendo la tasa de mezcla más habitual la del 50%. 70
70
Desde entonces han aumentado mucho los créditos FIEM 100%. También es más fre-cuente ahora ver créditos mixtos con tasas de mezcla del 70% o 60%, debido normal-mente a que estamos ante créditos concesionales con tasas de liberalidad significati-vamente superiores al mínimo del 35% que marca la OCDE.
En cualquier caso el elemento que refleja el grado de donación en el crédito mixto es la tasa de liberalidad y no la tasa de mezcla. Por otra parte jugando con la tasa de mezcla y con los términos y condiciones del FIEM llegamos, subimos o bajamos la ta-sa o grado de liberalidad del crédito mixto.
2.4.1. CASO PRÁCTICO CRÉDITO MIXTO: PARQUE EÓLICO DE
ZAFARANA. EGIPTO.
El proyecto consiste en las construcción llave en mano de un parque eólico de 80 MW en Zafarana, área del Mar Rojo próxima a las zonas turísticas, conocida por la cons-tancia e intensidad de sus vientos.
Otros proyectos eólicos se habían desarrollado en la zona anteriormente, a través de financiación concesional procedente de Alemania, Dinamarca o Japón.
La institución que actúa como comprador y por lo tanto propietario de los parques eóli-cos es la Nacional Renewable Energy Agency (NREA), entidad dependiente directa-mente del Ministerio de Energía de Egipto.
En 1997 España firma con Egipto un protocolo financiero de 400 MM USD, que con-templa dos líneas principales de actuación:
• Créditos mixtos concesionales.
• Línea para estudios de viabilidad
Tras la firma del acuerdo financiero, ambas administraciones acuerdan firmar un Co-mité Binacional, para estudiar y priorizar las operaciones que finalmente se imputen al protocolo. Está formado por representantes del Ministerio de Finanzas de Egipto, del 71
71
Ministerio de Planificación, del Ministerio de Comercio de España y por supuesto, con el Consejero Comercial de España en Egipto.
Se acuerda incluir esta operación en el protocolo, siendo el esquema de adjudicación elegido, el concurso público restringido a empresas españolas, dado el carácter ligado de los 400 de USD, luego euros, firmados entre ambas administraciones.
Estamos por lo tanto ante un sistema de selección de proyectos, basado en la identifi-cación conjunta entre las autoridades egipcias y españolas. El problema de este es-quema es cómo, de qué forma y con qué dinero se va a organizar el concurso. Hay que tener en cuenta que todo concurso tiene unos costes para la autoridad convocan-te que debe contratar empresas especializadas (ingenierías, consultorías, abogados, etc.) para la realización de los estudios preliminares (en este caso por ejemplo el estu-dio de viento de la zona), anteproyecto, así como la elaboración de los propios pliegos del concurso.
Como el Gobierno Egipcio no dispone de fondos necesarios para financiar esta fase, es necesario buscar una solución para evitar que el proyecto se estanque y nunca lle-gue a desarrollarse.
En este caso la solución se basa en la participación de Expansión Exterior y del IDAE (Instituto de Diversificación y Ahorro de Energía que depende del Ministerio de Indus-tria), que se encargan de la elaboración de los pliegos del futuro concurso.
Para conseguir que los gastos derivados de esta actividad pudieran ser reembolsados, Expansión Exterior firma un acuerdo de asesor financiero con todos los potenciales concursantes (todos los fabricantes e instaladores de equipos eólicos en España). Así se asegura la imparcialidad de ambas entidades españolas en la fase de concurso.
IDAE realiza el anteproyecto en colaboración con la NREA, llegando finalmente a la conclusión de que hay un contenido muy importante de gastos locales (infraestructura del parque y las torres de los molinos principalmente) que excede el límite del 15% de los Bienes y Servicios Exportados, y que por lo tanto no pueden incluirse en la finan-ciación española. En el Comité Binacional se plantea el problema y la parte egipcia, a través del Ministerio de Finanzas, indica que financiarán a nivel local los mencionados excesos de gastos locales o, en su caso, pagarán con recursos propios. 72
72
Por ello la operación queda de la siguiente forma:
• Crédito mixto según las condiciones del protocolo para financiar los bienes y servicios españoles más el porcentaje máximo admitido de gastos locales. No hay material extranjero. Aproximadamente 55.000.000 €.
• Fondos propios o financiación local para el resto de gastos locales no incluidos en el punto anterior. Alrededor de 103.000.000 libras egipcias, es decir unos 20.000.000 €.
PROTOCOLO FINANCIERO HISPANO-EGIPCIO.
Este acuerdo incluye como producto de financiación concesional, créditos mixtos con una tasa de mezcla del 60% y un tasa o grado de concesionalidad del 40%.
• El crédito FIEM tiene como términos y condiciones:
o Periodo de amortización: 30 años.
o Periodo de gracia: 10 años
o Tipo de interés: 0,8% nominal en euros.
• El crédito comprador con cobertura CESCE para este proyecto.
o Periodo de amortización: 7 años.
o Proyecto llave en mano con dos años de construcción.
o Tipo de interés: Fijo, tipo CIRR o tipo variable.
• El Banco Central de Egipto actúa como agente del Ministerio de Finanzas en la operación.
• Como siempre el ICO actúa como agente financiero del Gobierno español.
Finalmente y tras muchos retrasos, en otoño de 2003 se realiza el concurso restringido a empresas españolas para la adjudicación del proyecto. 73
73
La empresa Gamesa Eólica resulta adjudicataria debido a lo competitivo de su oferta económica y a la solvencia técnica de su oferta. No hay que olvidar que, al contrario que otros procesos, el tema financiero no es discriminante en el concurso, ya que to-das las empresas españolas que se presentan están bajo el paraguas del protocolo financiero al cual se va a imputar la operación.
En Diciembre de 2003 Gamesa firma el contrato con la NREA. En el contrato se esta-blecen dos tramos:
• Uno de aproximadamente 55.000.000 €, pagadero básicamente contra docu-mentos de embarque y certificados de obra aceptados por el cliente, y finan-ciados a través del crédito mixto.
• Otro de 102.000.000 libras egipcias pagadero contra certificados de obra acep-tados por el cliente, y sin ninguna referencia a cómo se financiará o al medio de pago que se utilizará. Por defecto por lo tanto se entiende que se pagará con recursos propios y que el riesgo de pago del comprador en este caso está aceptado o tomado directamente por el vendedor.
En ese momento Expansión Exterior como agente financiero de Gamesa Eólica solici-ta oferta financiera para el crédito mixto, a lo principales bancos españoles y extranje-ros activos en España. Adicionalmente se les pide oferta financiera para los gastos locales no incluidos en el crédito mixto, pese a no saber todavía si la intención de la NREA era financiar o pagar con recursos propios ese tramo del proyecto.
Se solicitaron ofertas financieras a casi todos los bancos activos en este tipo de ope-raciones en España. Ofertaron HSBC, BBVA, SCH, Societé General, BNP-Paribas, Deutsche Bank.
El análisis comparativo de las distintas ofertas financieras recibidas fue el siguiente:
• En relación al crédito mixto las ofertas eran muy similares. No hay que olvidar que el riesgo que asumen los bancos es prácticamente nulo. Básicamente las diferencias se producían en:
o Comisión de gestión y comisión de compromiso en el crédito compra-dor. Las más altas en torno a 0,25%
74
74
o Margen de financiación de la alternativa tipos variables en el crédito comprador. Los más caros en torno a 0,5%
o Casi todos ofertaron el crédito mixto libre de comisiones al exportador.
• Respecto a la financiación del exceso de gastos locales se produjeron grandes diferencias, según la percepción del riesgo y según el banco tuviera o no pre-sencia en Egipto. En el caso de que los egipcios demandasen financiación pa-ra esta parte, ésta se convertiría en el electo esencial para dar el mandato a un determinado banco. Lo más destacable en este tramo:
o Casi todos los bancos tomaron como prestatario al Banco Central de Egipto. Sólo uno dio adicionalmente una alternativa basada en la NREA como deudor y sin garantía alguna del Banco Central de Egipto, como agente financiero del gobierno.
o Los bancos sin presencia operativa en Egipto ofertaron plazos de amor-tización de este crédito comercial complementario, que no superaban los 3 años y siempre en divisa fuerte (euros).
o Los bancos con presencia operativa en Egipto (Societé General o HSBC por ejemplo) dieron la alternativa de una financiación en moneda local, libras egipcias.
Finalmente la NREA informó oficialmente que no quería financiación para este parte, indicando que pagaría con recursos propios. Esto no resulta indiferente para Gamesa, ya que sin financiación para el tramo local el exportador está tácitamente tomando riesgo de pago NREA, sin ningún respaldo incluso explícito del Banco Central de Egip-to, ya que no es parte firmante en el contrato comercial. Además el contrato no contie-ne en las cláusulas de pago ningún medio de pago (crédito documentario por ejem-plo) que amortigüe este riesgo en la parte local y NREA no se muestra partidario de realizar modificación alguna en ese sentido, afirmando que emitir un crédito documen-tario irrevocable y confirmado es muy caro para ellos.
La solución podría ser la utilización de la póliza CESCE, Seguro de Obras y Trabajos en el Extranjero. 75
75
PÓLIZA SEGURO DE OBRAS Y TRABAJOS EN EL EXTRANJERO.
Originalmente se trataba de una póliza que cubría
Comentarios